Empleo extiende el golpe de las cotizaciones al comedor de empresa

Las empresas que cuenten con un comedor para sus trabajadores deberán cotizar por la parte del servicio que subvencionen.

Así lo aclara una consulta de la Tesorería General de laSeguridad Social del Ministerio de Empleo a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN.

El Real Decreto-ley 16/2013 de 20 de diciembre amplió las bases de cotización de las retribuciones en especie, una medida que cogió desprevenidas a las empresas y que está generando contestación y numerosas dudas de cara a su aplicación, por lo que el Gobierno ha ampliado el periodo transitorio de adaptación hasta el 31 de mayo. Este golpe a las cotizaciones costará a las empresas cerca de 2.500 millones de euros, según CEOE.

La consulta de la Tesorería de la Seguridad Social explica que el servicio del comedor está afectado por el Decreto según las circunstancias de cada empresa, dado que muchas lo subvencionan totalmente, otras parcialmente y algunas no lo sufragan en absoluto.

Así, la Seguridad Social detalla que «la empresa deberá obligatoriamente incluir en la base de cotización de los trabajadores que accedan a este servicio la parte subvencionada del mismo, o su coste total, si lo subvencionan íntegramente».

Es decir, que si el servicio cuesta seis euros al día y la empresa subvenciona tres euros y el empleado paga otros tres euros, la empresa deberá cotizar por los tres euros que subvenciona. «La parte abonada directamente por el trabajador en ningún caso se computará a efectos de cotización», añade la consulta.

De esta forma, un empleado que cobre 1.000 euros al mes que disfrute de un servicio de comedor subvencionado con tres euros al día pasará a cotizar por 1.060 euros al mes en lugar de 1.000 euros en virtud de esta medida. De estos 1.060 euros, la empresa cotizará por el 28% y el empleado por el 6%.

Esta medida impacta en las empresas que ofrecen este servicio, la mayoría grandes compañías con horarios intensivos, por ejemplo, RTVE, Santander, Iberdrola, BBVA, El Corte Inglés, Telecinco, Antena 3, PwC, Telefónica, entre muchas otras.

En cambio, clarifica la Seguridad Social, «aquellos supuestos en los que el servicio de comedor se presta ofertando precios asequibles para los trabajadores que accedan al mismo, sin que la empresa asuma ningún coste al respecto, no supondrán por lo tanto ninguna obligación de cotizar al respecto». Las empresas que alberguen puestos de comida o comedores que no sufraguen no cotizarán por ellos incluso si cobran alguna contraprestación por permitir a una compañía hostelera operar en sus instalaciones.

Eduardo Peñacoba, socio de Laboral de Simmons & Simmons, explica que «la cotización no se podrá realizar por tanto alzado del coste de la subvención anual dividida por el número de empleados que tienen derecho al uso de la cantina. Así, deberá llevarse un control exhaustivo de los empleados que hacen uso del comedor y cotizar por cada día de subvención que cada empleado disfrute».

CEOE ha intentado parar este Decreto pero el Gobierno ha subrayado que en ningún caso se propone retirar la medida que sí que consultará con los agentes sociales el desarrollo reglamentario.

Entrada en vigor

La aprobación de la medida se produjo a finales del mes de diciembre, en algunos casos ya estaban generadas las nóminas de ese mes y hubo que rectificarlas, por eso se fijó un periodo transitorio en el que se podían ir adaptando a la nueva normativa.

Inicialmente se había establecido que este plazo finalizaba el 31 de marzo, pero las peticiones de la patronal consiguieron ampliarlo hasta el 31 de mayo, fecha en la que las empresas ya tendrán que estar al día en la cotización. CEOE no tira la toalla.

En la presentación de su propuesta de reforma fiscal la semana pasada, su presidente, Juan Rosell, apuntó a que en la negociación de los distintos sectores afectados con el Gobierno espera una interpretación más benigna del Decreto. Además, remachó, el Ejecutivo le ha trasladado que puede revertir la medida en la reforma fiscal que prepara.

(Noticia extraída de Expansión)

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